El delito de sedición castiga a quienes, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes.
El bien jurídico protegido es el efectivo cumplimiento de las leyes. Porque de nada sirve la democracia, y el gobierno, si luego las leyes no se cumplen.
Esto vale tanto para la derecha como para la izquierda. El cumplimiento de la ley es un bien en sí mismo, que integra el concepto de ley: en su esencia misma integra un mandato.
Tiene por tanto que haber una justificación para el uso de la fuerza frente a quienes se oponen a su cumplimiento.
Si no existe un tipo penal que castigue el incumplimiento de las leyes, pocos la cumplirían. Por ejemplo: si no hay sanciones por el incumplimiento de las leyes de tráfico, todo el mundo circularía por vías de dirección prohibida. Porque está prohibido, pero si la prohibición no se aplica, es como si no existiera.
Cuando el incumplimiento es generalizado, no basta con sanciones individuales. Porque el problema es distinto: estamos ante un tumulto. Ya no es Pepita que deja de pagar un tributo, sino una masa social que se alza frente a las leyes.
Tal comportamiento es esencialmente antidemocrático, por lo que el bien jurídico protegido se ve ampliado a la esencia de la democracia misma. Los disturbios políticos son los más graves porque afectan al respecto institucional y a la solidez del Estado democrático. Por eso hay que protegerlos especialmente.
La rebaja de las penas del delito de sedición, por tanto, aunque se haga para reducir el cumplimiento efectivo de penas ya impuestas por delitos de sedición cuyo fundamento era el secesionismo, no tiene nada que ver con la secesión, sino con el cumplimiento efectivo de las leyes.
Al reducir la pena impuesta a toda sedición, puede que a corto plazo se esté beneficiando a los nacionalistas condenados por sentencia firme o por condenar, pero el efecto real es que se está facilitando el incumplimiento tumultuario de las leyes.
De este modo Cataluña, cuya tradición anarquista y comunista es notoria, y el que no lo crea que se lo pregunte a Andrés Nin, es la gran perjudicada. No menos que Andalucía y Extremadura, de idéntica tradición, aunque por otros motivos.
Lo realmente grave de la reducción de las penas por delito de sedición es que se multiplicarán las sediciones, porque para muchas personas fuertemente ideologizadas, y patrimonialmente sin nada que perder, la sedición compensa. Y ese es el problema: la pena está ahí para evitar que la transgresión compense. De otro modo no habrá prevención general.
Estamos, en suma, ante un paso más hacia el anarquismo, no hacia el nacionalismo. Hacia la revolución, no hacia la estabilidad. De la rebaja de las penas por delitos de sedición no se aprovecharán sólo los catalanistas. Se aprovecharán anarquistas y socialistas. Y los más grandes perjudicados serán precisamente los catalanes. Luego todos los demás.
Me parece claro que desde el punto de vista de lo que debe ser una política racional en orden a la estabilidad democrática y la salvaguarda de la Constitución y de la paz, estamos ante un monstruoso error de política legislativa.
El gran perjudicado de la reducción de las penas en el delito de sedición es, a corto plazo, Cataluña. Después, todos los demás. Cataluña es la gran perjudicada de su propia voluntad de secesión.