Llevo muchos años diciendo que hay que suprimir los «tribunales» económico administrativos.
En todo caso, la Constitución obliga a cambiarles el nombre.
No son sino una forma de alargar el plazo del recurso de reposición, que pasa de tres meses, que es el plazo ordinario, a cuatro años, que es el plazo que se toma Hacienda.
Incluso el silencio administrativo, que para todo el mundo es de 3 meses, para Hacienda es de un año. Esto resulta contrario al derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, porque se retrasa en un año el derecho a acceder a un tribunal.
Pero es que además a veces dicen unas cosas tan raras que llega uno a dudar de si están bien de la cabeza.
Creo que vale la pena darle una vuelta a la pura y simple eliminación de las reclamaciones Económico Administrativas, que son una forma más de opresión por parte de la Agencia Tributaria (la herramienta del socialismo).
Ahora lo último que se les ha ocurrido es decir que los intereses de demora no son deducibles porque traen causa del incumplimiento de una obligación legal. Pero vamos a ver ¿los otros intereses de qué traen causa? Cuando uno paga intereses ¿Acaso no lo hace precisamente por un incumplimiento de plazos de pago? El sentido común debería volver a la Agencia Tributaria.