Morosidad. ¿Y las Administraciones Públicas qué?

El legislador amenaza en el día de hoy a las empresas con imponerles multas de hasta 1.000.000 de euros por falta de pago a sus proveedores a tiempo.

Pero la gran pregunta es ¿quién es el gran moroso? Pues resulta que los grandes morosos son las Administraciones Públicas: el Estado, las Comunidades Autónomas, los ayuntamientos y los Organismos Autónomos y Empresas Públicas de todos estos entes, que ya son más del 50% del PIB español.

En España los grandes morososos son las administraciones públicas y a quién hay que multar es a las administraciones públicas que no pagan a tiempo.

Pero de nuevo, esto nunca sucederá, porque las Administraciones Públicas, a pesar de estar sujetas a la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, tienen una jurisdicción especial, la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, especialmente lenta, donde todo son privilegios procesales y favores legales para que las administraciones públicas puedan con una mano recaudar en vía ejecutiva y con la otra dejar de pagar con la misma eficacia.

Es hora de eliminar la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y es hora de sujetar a las administraciones públicas a las normas de todas las empresas, también en vía jurisdiccional.

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