EMPRESARIOS ACREEDORES DE AYUNTAMIENTOS, UNÍOS

Fue Marx el que gritó: «proletarios del mundo, uníos». Ahora habrá que gritar: «empresarios del mundo, uníos». El último desmán contra ellos es el Decreto-ley 4/2012. Es tan malo que parece hecho por el Gobierno de Zapatero. Resulta asombroso que se legisle tan mal. Vamos a un ritmo de Decreto-ley por semana y todos son chapuceros técnicamente e inconstitucionales jurídicamente. Vamos a ver algunos defectos de este nuevo de hoy:
  1. Es, en la práctica, un sistema para que los Ayuntamientos instrumenten su concurso de acreedores sin que haya concurso. El juez no interviene. Sólo el Gobierno. 
  2. Es coactivo y se carga el principio «par conditio creditorum»: cobra antes el que primero renuncie a los intereses, luego renuncie a su pleito, además haga una quita del principal. No importa que se deuda sea la más antigua. Se trata de aprovecharse de que el proveedor no puede pagar a sus trabajadores.
  3. El Ayuntamiento sigue gastando a lo bestia: el plan de ajuste se hace después de haber exprimido a los proveedores. Es decir: se hará para conseguir el dinero pero no se cumplirá. No hay exigencias de cumplimiento sino meramente declarativas. ¡Cuántas «mentiras políticas» se van a oir!
  4. El Ayuntamiento está obligado a reconocer en 15 días la deuda que le presenten los acreedores por registro y si no niegan la deuda se entiende que la confirman. O sea: a negar sistemáticamente. Luego ya rectificarán. Si quieren. 
  5. Las deudas que se pagan son las incluidas en el RDLeg de 14.11.2011 que entró en vigor el 16.12.2011. O sea, las de unos días. Esto es una chapuza. El texto refundido tiene un ámbito de aplicación material pero otro temporal.
  6. Los pleitos que se han puesto no sirven para nada: sólo para cobrar antes. Queda así derogada de hecho la LRJCA. Y se contraviene abiertamente la Directiva de morosidad. Era mucho mejor la medida cautelar aprobada por Zapatero. Se confirma el fracaso de los Tribunales. Es clarísimo que la culpa de la morosidad de las administraciones públicas es de los Tribunales. Mira mi viejo artículo. Si funcionasen, no haría falta este Decreto-ley. El Gobierno sabe que no hay «tutela judicial efectiva». Ni quiere que la haya. Al Gobierno y a las Administraciones Públicas les conviene que los Tribunales no funcionen: así a la gente de parecen lógicos y hasta buenos Decretos-leyes como este.
  7. Y naturalmente es inconstitucional: los jueces no están obligados a reconocer ningún acuerdo extrajudicial promovido bajo presión, y el Decreto-ley así lo impone. En este caso, la presión es la financiera.
  8. Y sobre todo es inconstitucional porque es contrario a la autonomía municipal. El artículo 140 de la Constitución la garantiza. Con el Decreto-ley incluso los Ayuntamientos que NO quieran acogerse al mismo están obligados a reconocer el valor de las deudas cuya certificación se les pida; quedan obligados a pagar en los términos que fije el Gobierno; por tanto tendrán que hacer un ajuste que a lo mejor no quieren hacer; recibirán crédito en condiciones no negociadas por ellos; y se perjudica todo su marco financiero. Para dejarlo ahí que ya es bastante.

Mi reflexión final es para Zapatero: «otro vendrá, que bueno te hará». Ya ha llegado.

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