Utilizar paraísos fiscales ¿es delito? No, pero tiene «pena de banquillo».


Desde que se implantaron objetivos de recaudación exagerados, no sólo se está violentando el principio de legalidad (se estiman más del 50% de las reclamaciones económico-administrativas) sino que la voluntad de recaudar por la vía rápida se ha extendido al delito fiscal. Son ya varios los casos en los que vemos cómo el Ministerio Fiscal y la AEAT acusan a ciudadanos de delito fiscal sólo por haber utilizado sistemas de ingeniería fiscal para disminuir su tributación.Y luego las diligencias son archivadas porque detrás no había sino planificación fiscal legítima. La AEAT y el Ministerio Fiscal deben meter urgentemente en la ecuación que la utilización de paraísos fiscales NO es ilegítima como tal. Sólo tiene otras reglas de tributación. Y, cuando éstas se respetan, no hay delito fiscal alguno. Lo que hay es notoria incapacidad de la AEAT para liquidar en el plazo legal de 1 año prorrogable a 2 años. Nada más. 

Más triste es que se haya “metido en el saco” a los asesores que, legítimamente, y haciendo uso de las leyes vigentes y de los convenios para EVITAR la doble imposición, han asesorado, no para defraudar, sino para disminuir la presión fiscal. Algo perfectamente legítimo.Hoy le ha tocado a los asesores de Carceller. Gracias a Dios, yo me dedico a los recursos. Pero los que se dediquen a la planificación fiscal, deben estar temblando. Es una cosa clara que la planificación fiscal internacional permite disminuir el impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre el patrimonio. ¿Y qué? ¿No son herramientas que la ley pone a disposición de los contribuyentes? Sí lo son. 

Me parece un grave error, no sólo por parte de la AEAT, y del Ministerio Fiscal, sino sobre todo de los jueces de instrucción, que instruyan diligencias por delito fiscal cuando hasta la AEAT está obligada a abrir expediente de conflicto en la aplicación de la norma tributaria. Si hay conflicto de normas ¿cómo hay delito? Lo repito: más del 50% de las reclamaciones económico-administrativas son estimadas. ¿Cuántas de las diligencias por delito fiscal acabarán al final archivadas?

Y lo más importante: a los funcionarios que las abran, si luego “no hubo nada” ¿les va a pasar algo? ¿Van a seguir pudiendo ejercer su función pública? Es mi opinión que un funcionario de la AEAT, para abrir diligencias por delito fiscal, debe jugarse algo. Si a él no le cuesta nada, la fiesta seguirá, siempre a costa de los ciudadanos que pagan impuestos. Ningún funcionario puede competer delito fiscal defraudando cuotas: no les llega el sueldo. En cambio, nada le pasará si obliga a un ciudadano a sufrir durante años la condición de imputado, esto es, a estar y pasar por la «pena de banquillo».
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