Un axioma del derecho constitucional, fácil de entender, es que, para que haya lugar a una reforma constitucional, las Cortes deben ser convocadas como constituyentes.
El fundamento jurídico de este axioma es también fácil de entender: el elector debe saber si está votando un nuevo proyecto político para cuatro años o un nuevo proyecto constitucional que modifique los postulados básicos del consenso político. Son cosas muy distintas.
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